Juan Andrés Benítez murió el 5 de octubre de 2013 tras sufrir una paliza a manos de varios mossos d’esquadra en el barrio barcelonés del Raval. El crimen nunca será juzgado porque no habrá juicio. Las defensas y las acusaciones han llegado a un pacto por el que los policías reconocen una cierta culpabilidad –aunque esto no es cierto en absoluto– y la Fiscalía y la acusación popular han retirado los cargos más graves, en este caso, penas de hasta 14 años por el delito de homicidio.
La maquinaria de la justicia tiene reglas y limitaciones que los profanos desconocemos. Lo que se aplica es la ley, y eso no siempre coincide con la justicia. Para enviar a alguien a prisión, hay que tener pruebas, no sólo sospechas. El fiscal debe valorar si podrá conseguir una sentencia de culpabilidad con los resultados de la instrucción. En un juicio con jurado, intervienen también otros factores que ambas partes no pueden controlar. En este caso, hubo otros elementos que intervinieron en la muerte de Juan Andrés Benítez, pero hay una cosa que está clara. Sin la intervención de los policías, Benítez no habría muerto ese día.
Sin embargo, en el caso de los delitos más graves, el fiscal tiene la obligación de ir hasta el final a nada que la instrucción haya permitido llegar a la conclusión de que los derechos de alguien han sido violentados, en especial si se trata del derecho a la vida. Y si el delito ha sido cometido por funcionarios públicos, por los responsables de hacer cumplir la ley, esa necesidad se convierte en ineludible. De lo contrario, los ciudadanos terminarán convencidos de que ciertas personas con poder gozan de impunidad.
Eso es lo que ha ocurrido en Barcelona, donde un caso de brutalidad policial se ha cerrado con una condena pactada a dos años de prisión para seis mossos – por un delito de homicidio por imprudencia y otro contra la integridad moral– que no supondrá el ingreso en prisión. Además, sufrirán una pena de inhabilitación de dos años que aún no está claro a partir de qué fecha empieza a contar.
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